Posicionamiento de la AEPP y MARES ante la norma del Ayuntamiento de Madrid sobre el supuesto «Síndrome de Trauma Postaborto”
Preocupación ante la nueva norma del Ayuntamiento de Madrid sobre el llamado “síndrome de trauma postaborto”, una medida sin base científica que distorsiona la evidencia y pone en riesgo una atención sanitaria rigurosa y respetuosa.
Desde la Asociación Española de Psicología Perinatal (AEPP) y de la Sociedad Española de Salud Mental Perinatal (MARES) manifestamos nuestro firme rechazo a la reciente norma impulsada por el Ayuntamiento de Madrid que contempla la obligación de informar sobre el llamado «síndrome de trauma postaborto». Esta decisión no solo carece de base científica, sino que también representa una grave instrumentalización política de la salud mental.
El denominado «síndrome de trauma postaborto» no existe como diagnóstico clínico reconocido por las principales autoridades en salud mental, como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Asociación Americana de Psiquiatría (APA) o la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE). No se encuentra en el DSM-5, ni en ningún manual diagnóstico de referencia. Su uso responde a intereses ideológicos y no a criterios médicos ni científicos.
La evidencia empírica acumulada en las últimas décadas muestra que el aborto legal y seguro no aumenta el riesgo de trastornos mentales. Por el contrario, los estudios rigurosos indican que los factores que más inciden en la salud mental de las mujeres en contextos de aborto son el estigma social, la falta de apoyo, las barreras de acceso al sistema sanitario y la presión política o institucional. Así, el estudio TURNAWAY (estudio prospectivo longitudinal de ANSIRH que examina los efectos de un embarazo no deseado en la vida de las mujeres) (Foster, 2020) demuestra que someterse a un aborto voluntario no perjudica la salud mental de las mujeres en cambio la denegación de un aborto si conlleva unas peores consecuencias económicas, sociales, financieras, de salud y familiares. De esta manera, estos resultados refuerzan la evidencia científica que indica que las emociones experimentadas en los abortos se asocian con el contexto personal y social, no siendo consecuencia directa del proceso de abortar en sí. Sabemos que la negación de un aborto se asocia más a sentimientos de baja autoestima, ansiedad y depresión que aquellas que si se someten a él.
También podemos citar a Rocca et al. (2020) cuyos resultados concluyen que a los cinco años tras un aborto la emoción de alivio era la más frecuente en la inmensa mayoría de las mujeres.
Estas conclusiones cuestionan seriamente y chocan con la justificación y argumento de las políticas de regulación del aborto en base a un supuesto daño emocional.
La imposición de información pseudocientífica desde las instituciones públicas no solo vulnera el derecho a una atención basada en la evidencia, sino que contribuye a generar culpa, miedo y desinformación entre las mujeres.
Como profesionales de la salud mental, no podemos permanecer en silencio ante medidas que distorsionan la realidad clínica y manipulan emocionalmente a la población. Recordamos que el ejercicio de nuestros derechos sexuales y reproductivos, incluido el acceso al aborto legal, debe estar protegido por políticas públicas responsables y respetuosas, no coartado por narrativas ideológicas.
Por todo lo anterior, instamos al Ayuntamiento de Madrid a retirar esta norma y a abstenerse de promover conceptos no reconocidos científicamente en el ámbito sanitario. Asimismo, hacemos un llamado al conjunto de las instituciones públicas para que la salud mental deje de ser utilizada como herramienta de control y coerción, y se aborde con el rigor, el respeto y la humanidad que merece.